| Suscripción |
Individual
o conjunta.
El contrato tomará efecto el día siguiente a la recepción
del pago de la prima. |
Aportación
inicial:
Aportaciones extraordinarias: |
mínimo
6.000 €.
mínimo 1.000 €. |
| Alternativas
de inversión |
Cestas
de activos, y fondos de inversión. La inversión mínima
por fondo o cesta será de 1.000 €. |
| Gastos
de administración |
1,3% anual.
Se detraerán diariamente con cargo al número de unidades
de cuenta.
Se aplicará exclusivamente sobre las cestas gestionadas. |
| Gastos
de gestión |
0,5%
anual. Se detraerán dirariamente con cargo al número
de unidades de cuenta.
Se aplicará exclusivamente sobre las cestas gestionadas. |
| Garantía
principal/mínima en caso de fallecimiento y máximo capital
asegurado por la compañia |
Garantía
principal en caso de fallecimiento: valor alcanzado por el contrato
en la fecha de la recepción por la Compañía del
Acta de defunción del asegurado/a, incrementando en una cantidad
fijada contractualmente.
La garantía mínima en caso de fallecimiento: será
una cantidad equivalente al valor alcanzado por el contrato en el
día de la notificación a la Compañia del fallecimiento
del asegurado incrementado en 300 €.
El tope máximo de capital garantizado pagado por la Compañía
ascenderá a 72.000 € y el capital mínimo será
de 600 €. |
| Traspasos |
Los
traspasos entre las diferentes cestas no tienen coste alguno y se
pueden realizar en cualquier momento. Toman efecto el día
de la siguiente valoración de las cestas. El saldo mínimo
por cesta será de 1.000 €. |
| Rescates |
Rescates
parciales: deberán ser importes superiores a 1.000 €.
El importe mínimo restante por cesta o fondo deberá
ser de al menos 1.000 €.
El tomador podrá solicitar los rescates en cualquier momento
sin penalización. |